El Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital ha publicado la resolución de la Fundación EOI, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas dirigidas a impulsar la transformación digital de la industria española en el marco del Proyecto «Industria Conectada 4.0».
Según la información que aparece en el Boletín Oficial del Estado pordrán ser beneficiarios, las empresas que tengan su domicilio social o un centro de trabajo en la Comunidad Valenciana, cualquiera que sea su forma jurídica (ya sean personas físicas o jurídicas, asociaciones, entidades sin ánimo de lucro, etc. ) que, en su condición de tales, desarrollan o van a desarrollar una actividad industrial productiva si su objeto social se refiere a actividades encuadradas en la Sección C – Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril.
El objeto que se pretende con estas ayudas es impulsar la transformación digital de la industria española a través de las empresas industriales.
Las ayudas en especie objeto de esta convocatoria consisten en la recepción de un asesoramiento especializado e individualizado que incluirá un diagnóstico de la situación de partida de la empresa beneficiaria y la elaboración de un plan de transformación digital. El asesoramiento se prestará a través de reuniones individualizadas con las empresas beneficiarias y la realización de talleres temáticos y demostrativos de apoyo al asesoramiento, con un mínimo de 50 horas de asesoramiento individualizado. Dicho asesoramiento tendrá la condición de ayudas en especie.
La empresa beneficiaria recibirá dentro del asesoramiento especializado los siguientes servicios:
- Diagnóstico previo de la situación digital de partida de la empresa y un análisis interno de la organización y del negocio.
- Plan de Transformación que incluirá la definición de las actuaciones del Plan, la cuantificación y priorización de oportunidades de digitalización y un benchmarking de habilitadores.
- Visitas necesarias a las instalaciones de la industria beneficiaria.
- Talleres demostrativos de contenido práctico, que acerquen las soluciones digitales a las empresas industriales beneficiarias del asesoramiento.
La publicación se aplica a diferentes comunidades con sus propias especificaciónes:
El gasto total para esta convocatoria será de DOSCIENTOS OCHO MIL CINCUENTA EUROS (208.050,00 €) y se realizará con cargo al presupuesto de gastos del Convenio de colaboración suscrito entre la Fundación EOI y el Instituto Valenciano de Competitividad (IVACE), concretamente se cofinancia:
CIENTO TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA EUROS (103.950,00 €) por el Instituto Valenciano de Competitividad (IVACE).
CIENTO CUATRO MIL CIEN EUROS (104.100,00 €) por la Fundación EOI con cargo a la transferencia de capital de la Secretaría General de Industria y de la PYME del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad consignada en la siguiente partida presupuestaria: 27.16.433M.74702.
El precio del servicio objeto de ayuda es de diez mil cuatrocientos euros (10.400,00 €) por empresa industrial beneficiaria, impuestos incluidos.
La Fundación EOI concederá una subvención bajo la modalidad de ayuda en especie con una cuantía máxima individualizada de seis mil novecientos treinta y cinco euros (6.935,00 €) por empresa industrial beneficiaria, que complete el proceso de asesoramiento.
La empresa beneficiaria contribuirá al servicio abonando tres mil cuatrocientos sesenta y cinco euros (3.465,00 €). Para que se proceda a la realización del asesoramiento, se requerirá a la empresa beneficiaria que haya efectuado previamente a la Fundación EOI un pago a cuenta del 20% del importe del total de la cuantía que le corresponda aportar por el asesoramiento a dicha empresa beneficiaria, una vez efectuada la visita preliminar a la misma. Dicho pago a cuenta será deducido del importe total a abonar a la Fundación EOI a la finalización del asesoramiento.
La empresa beneficiaria abonará el resto del importe que le corresponde, mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por la Fundación en la convocatoria, en el plazo máximo de 30 días naturales desde la emisión de la factura. Dicha emisión se realizará a la finalización del asesoramiento.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE hasta el 22 de septiembre de 2017.
El gasto total para esta convocatoria será de trescientos cuarenta y seis mil setecientos cincuenta euros (346.750,00 €) y se realizará con cargo al presupuesto de gastos del Convenio de colaboración suscrito entre la Fundación EOI y la Sociedad para la Transformación Competitiva-Eraldaketa Lehiakorrerako Sozietatea, S.A. (SPRI), concretamente se cofinancia:
Ciento setenta y tres mil doscientos cincuenta euros (173.250,00 €) por la Sociedad para la Transformación Competitiva-Eraldaketa Lehiakorrerako Sozietatea, S.A. (SPRI).
Ciento setenta y tres mil quinientos euros (173.500,00 €) por la Fundación EOI con cargo a la transferencia de capital de la Secretaría General de Industria y de la PYME del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad consignada en la siguiente partida presupuestaria: 27.16.433M.74702.
El precio del servicio objeto de ayuda es de diez mil cuatrocientos euros (10.400,00 €) por empresa industrial beneficiaria, impuestos incluidos.
La Fundación EOI concederá una subvención bajo la modalidad de ayuda en especie con una cuantía máxima individualizada de seis mil novecientos treinta y cinco euros (6.935,00 €) por empresa industrial beneficiaria, que complete el proceso de asesoramiento.
La empresa beneficiaria contribuirá al servicio abonando tres mil cuatrocientos sesenta y cinco euros (3.465,00 €). Para que se proceda a la realización del asesoramiento, se requerirá a la empresa beneficiaria que haya efectuado previamente a la Fundación EOI un pago a cuenta del 20 % del importe del total de la cuantía que le corresponda aportar por el asesoramiento a dicha empresa beneficiaria, una vez efectuada la visita preliminar a la misma. Dicho pago a cuenta será deducido del importe total a abonar a la Fundación EOI a la finalización del asesoramiento.
La empresa beneficiaria abonará el resto del importe que le corresponde, mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por la Fundación en la convocatoria, en el plazo máximo de treinta días naturales desde la emisión de la factura. Dicha emisión se realizará a la finalización del asesoramiento.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE hasta el 22 de septiembre de 2017.
El gasto total para esta convocatoria será de ciento treinta y ocho mil setecientos euros (138.700,00 €) y se realizará con cargo al presupuesto de gastos del Convenio de colaboración suscrito entre la Fundación EOI y la Comunidad Foral de Navarra, concretamente se cofinancia:
Sesenta y nueve mil trescientos euros (69.300,00 €) por la Comunidad Foral de Navarra.
Sesenta y nueve mil cuatrocientos euros (69.400,00 €) por la Fundación EOI con cargo a la transferencia de capital de la Secretaría General de Industria y de la PYME del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad consignada en la siguiente partida presupuestaria: 27.16.433M.74702.
El precio del servicio objeto de ayuda es de diez mil cuatrocientos euros (10.400,00 €) por empresa industrial beneficiaria, impuestos incluidos.
La Fundación EOI concederá una subvención bajo la modalidad de ayuda en especie con una cuantía máxima individualizada de seis mil novecientos treinta y cinco euros (6.935,00 €) por empresa industrial beneficiaria, que complete el proceso de asesoramiento.
La empresa beneficiaria contribuirá al servicio abonando tres mil cuatrocientos sesenta y cinco euros (3.465,00 €). Para que se proceda a la realización del asesoramiento, se requerirá a la empresa beneficiaria que haya efectuado previamente a la Fundación EOI un pago a cuenta del 20 % del importe del total de la cuantía que le corresponda aportar por el asesoramiento a dicha empresa beneficiaria, una vez efectuada la visita preliminar a la misma. Dicho pago a cuenta será deducido del importe total a abonar a la Fundación EOI a la finalización del asesoramiento.
La empresa beneficiaria abonará el resto del importe que le corresponde, mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por la Fundación en la convocatoria, en el plazo máximo de 30 días naturales desde la emisión de la factura. Dicha emisión se realizará a la finalización del asesoramiento.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE hasta el 22 de septiembre de 2017.
El gasto total para esta convocatoria será de ciento dos mil novecientos sesenta euros (102.960,00 €) y se realizará con cargo al presupuesto de gastos del Convenio de colaboración suscrito entre la Fundación EOI y el Gobierno de La Rioja, concretamente se cofinancia:
Sesenta y cuatro mil setecientos noventa euros (64.790,00 €) por el Gobierno de La Rioja.
Treinta y ocho mil ciento setenta euros (38.170,00 €) por la Fundación EOI con cargo a la transferencia de capital de la Secretaría General de Industria y de la PYME del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad consignada en la siguiente partida presupuestaria: 27.16.433M.74702.
El precio del servicio objeto de ayuda es de diez mil cuatrocientos euros (10.400,00 €) por empresa industrial beneficiaria, impuestos incluidos.
La Fundación EOI concederá una subvención bajo la modalidad de ayuda en especie con una cuantía máxima individualizada de nueve mil trescientos sesenta euros (9.360,00 €) por empresa industrial beneficiaria, que complete el proceso de asesoramiento.
La empresa beneficiaria contribuirá al servicio abonando mil cuarenta euros (1.040,00 €). Para que se proceda a la realización del asesoramiento, se requerirá a la empresa beneficiaria que haya efectuado previamente a la Fundación EOI un pago a cuenta del 20 % del importe del total de la cuantía que le corresponda aportar por el asesoramiento a dicha empresa beneficiaria, una vez efectuada la visita preliminar a la misma. Dicho pago a cuenta será deducido del importe total a abonar a la Fundación EOI a la finalización del asesoramiento.
La empresa beneficiaria abonará el resto del importe que le corresponde, mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por la Fundación en la convocatoria, en el plazo máximo de 30 días naturales desde la emisión de la factura. Dicha emisión se realizará a la finalización del asesoramiento.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE hasta el 22 de septiembre de 2017.
El gasto total para esta convocatoria será de doscientos ocho mil cincuenta euros (208.050,00 €) y se realizará con cargo al presupuesto de gastos del Convenio de colaboración suscrito entre la Fundación EOI y el Instituto Gallego de Promoción Económica (IGAPE), concretamente se cofinancia:
Ciento tres mil novecientos cincuenta euros (103.950,00 €) por el Instituto Gallego de Promoción Económica (IGAPE).
Ciento cuatro mil cien euros (104.100,00 €) por la Fundación EOI con cargo a la transferencia de capital de la Secretaría General de Industria y de la PYME del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad consignada en la siguiente partida presupuestaria: 27.16.433M.74702.
El precio del servicio objeto de ayuda es de diez mil cuatrocientos euros (10.400,00 €) por empresa industrial beneficiaria, impuestos incluidos.
La Fundación EOI concederá una subvención bajo la modalidad de ayuda en especie con una cuantía máxima individualizada de seis mil novecientos treinta y cinco euros (6.935,00 €) por empresa industrial beneficiaria, que complete el proceso de asesoramiento.
La empresa beneficiaria contribuirá al servicio abonando tres mil cuatrocientos sesenta y cinco euros (3.465,00 €). Para que se proceda a la realización del asesoramiento, se requerirá a la empresa beneficiaria que haya efectuado previamente a la Fundación EOI un pago a cuenta del 20 % del importe del total de la cuantía que le corresponda aportar por el asesoramiento a dicha empresa beneficiaria, una vez efectuada la visita preliminar a la misma. Dicho pago a cuenta será deducido del importe total a abonar a la Fundación EOI a la finalización del asesoramiento.
La empresa beneficiaria abonará el resto del importe que le corresponde, mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por la Fundación en la convocatoria, en el plazo máximo de treinta días naturales desde la emisión de la factura. Dicha emisión se realizará a la finalización del asesoramiento.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE hasta el 22 de septiembre de 2017.
El gasto total para esta convocatoria será de CIENTO CUATRO MIL VEINTICINCO EUROS (104.025,00 €) y se realizará con cargo al presupuesto de gastos del Convenio de colaboración suscrito entre la Fundación EOI y el Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias (IDEPA), concretamente se cofinancia:
CINCUENTA Y UN MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO EUROS (51.975,00 €) por el Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias (IDEPA).
CINCUENTA Y DOS MIL CINCUENTA EUROS (52.050,00 €) por la Fundación EOI con cargo a la transferencia de capital de la Secretaría General de Industria y de la PYME del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad consignada en la siguiente partida presupuestaria: 27.16.433M.74702.
El precio del servicio objeto de ayuda es de DIEZ MIL CUATROCIENTOS EUROS (10.400,00 €) por empresa industrial beneficiaria, impuestos incluidos.
La Fundación EOI concederá una subvención bajo la modalidad de ayuda en especie con una cuantía máxima individualizada de SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO EUROS (6.935,00 €) por empresa industrial beneficiaria, que complete el proceso de asesoramiento.
La empresa beneficiaria contribuirá al servicio abonando TRES MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO EUROS (3.465,00 €). Para que se proceda a la realización del asesoramiento, se requerirá a la empresa beneficiaria que haya efectuado previamente a la Fundación EOI un pago a cuenta del 20% del importe del total de la cuantía que le corresponda aportar por el asesoramiento a dicha empresa beneficiaria, una vez efectuada la visita preliminar a la misma. Dicho pago a cuenta será deducido del importe total a abonar a la Fundación EOI a la finalización del asesoramiento.
La empresa beneficiaria abonará el resto del importe que le corresponde, mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por la Fundación en la convocatoria, en el plazo máximo de 30 días naturales desde la emisión de la factura. Dicha emisión se realizará a la finalización del asesoramiento.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE hasta el 22 de septiembre de 2017.
El gasto total para esta convocatoria será de CIEN MIL OCHOCIENTOS EUROS (100.800,00 €) y se realizará con cargo al presupuesto de gastos del Decreto 90/2017, de 20 de junio de 2017, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Fundación Escuela de Organización Industrial (EOI) para el desarrollo de la Estrategia Industria Conectada 4.0 en Extremadura en el año 2017 y con cargo a la transferencia de capital de la Secretaría General de Industria y de la PYME del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, concretamente se cofinancia:
CINCUENTA Y NUEVE MIL CIENTO SESENTA EUROS (59.160,00 €) por la Junta de Extremadura, con cargo a la subvención directa, la cual se imputará a la Aplicación Presupuestaria 1404.323 A. 704. 00 y al Proyecto de Gasto 201714004002000, imputándose íntegramente a la anualidad 2017.
CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CUARENTA EUROS (41.640,00 €) por la Fundación EOI con cargo a la transferencia de capital de la Secretaría General de Industria y de la PYME del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad consignada en la siguiente partida presupuestaria: 27.16.433M.74702.
El precio del servicio objeto de ayuda es de DIEZ MIL CUATROCIENTOS EUROS (10.400,00 €) por empresa industrial beneficiaria, impuestos incluidos.
La Fundación EOI concederá una subvención bajo la modalidad de ayuda en especie con una cuantía máxima individualizada de OCHO MIL CUATROCIENTOS EUROS (8.400,00 €) por empresa industrial beneficiaria, que complete el proceso de asesoramiento.
La empresa beneficiaria contribuirá al servicio abonando DOS MIL EUROS (2.000,00 €). Para que se proceda a la realización del asesoramiento, se requerirá a la empresa beneficiaria que haya efectuado previamente a la Fundación EOI un pago a cuenta del 20% del importe del total de la cuantía que le corresponda aportar por el asesoramiento a dicha empresa beneficiaria, una vez efectuada la visita preliminar a la misma. Dicho pago a cuenta será deducido del importe total a abonar a la Fundación EOI a la finalización del asesoramiento.
La empresa beneficiaria abonará el resto del importe que le corresponde, mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por la Fundación en la convocatoria, en el plazo máximo de 30 días naturales desde la emisión de la factura. Dicha emisión se realizará a la finalización del asesoramiento.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE hasta el 22 de septiembre de 2017.
El gasto total para esta convocatoria será de DOSCIENTOS NUEVE MIL CIEN EUROS (209.100,00 €) y se realizará con cargo al presupuesto de gastos del Convenio de colaboración suscrito entre la Fundación EOI y el Instituto para la Competitividad Empresarial de Castilla y León (ICE), concretamente se cofinancia:
CIENTO CINCO MIL EUROS (105.000,00 €) por Instituto para la Competitividad Empresarial de Castilla y León (ICE).
CIENTO CUATRO MIL CIEN EUROS (104.100,00 €) por la Fundación EOI con cargo a la transferencia de capital de la Secretaría General de Industria y de la PYME del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad consignada en la siguiente partida presupuestaria: 27.16.433M.74702.
El precio del servicio objeto de ayuda es de DIEZ MIL CUATROCIENTOS EUROS (10.400,00 €) por empresa industrial beneficiaria, impuestos incluidos.
La Fundación EOI concederá una subvención bajo la modalidad de ayuda en especie con una cuantía máxima individualizada de SEIS MIL NOVECIENTOS SETENTA EUROS (6.970,00 €) por empresa industrial beneficiaria, que complete el proceso de asesoramiento.
La empresa beneficiaria contribuirá al servicio abonando TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA EUROS (3.430,00 €). Para que se proceda a la realización del asesoramiento, se requerirá a la empresa beneficiaria que haya efectuado previamente a la Fundación EOI un pago a cuenta del 20% del importe del total de la cuantía que le corresponda aportar por el asesoramiento a dicha empresa beneficiaria, una vez efectuada la visita preliminar a la misma. Dicho pago a cuenta será deducido del importe total a abonar a la Fundación EOI a la finalización del asesoramiento.
La empresa beneficiaria abonará el resto del importe que le corresponde, mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por la Fundación en la convocatoria, en el plazo máximo de 30 días naturales desde la emisión de la factura. Dicha emisión se realizará a la finalización del asesoramiento.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE hasta el 22 de septiembre de 2017.