El pasado 10 de abril entró en vigor la Ley 7/2022 de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular que deroga la anterior ley de 2011. Es una trasposición a nuestro ordenamiento jurídico de la Directiva UE 2018/851 que refuerza la aplicación del principio de jerarquía mediante la obligatoriedad de instrumentos económicos, reforzando la prevención de residuos y la Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP). También transpone la Directiva de plásticos de un solo uso (SUP) para reducir el impacto de los productos plásticos en el Medio Ambiente, incluida la basura marina, como se contempla entre los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030.
Desde la Fundación ECOLUM se valora positivamente esta transposición de la Directiva europea, ya que incentiva el repensar el modelo económico lineal para pasar a un modelo circular. “La producción y venta masiva de productos y equipos, tal y como la conocemos, está abocada a terminar, y es momento de plantear la estrategia empresarial, comercial, industrial, etc. de todos los sectores implicados en la producción de bienes de consumo e industriales”, señalan desde la Fundación.
Uno de los cambios más significativos, a juicio de ECOLUM, es el “fin de la condición de residuo”. Algo que conceptualmente cuesta aceptar, pero que tiene como objetivo mantener en uso productos y componentes el mayor tiempo posible para prevenir y reducir la generación de residuos, trabajando así para dar forma al modelo de Economía Circular. En el caso de la iluminación, el Ecodiseño ya abre las puertas a reinsertar en los procesos productivos más del 80% de los componentes de una lámpara y más del 90% en el caso de las luminarias.
Siguiendo en el ámbito de la prevención de la generación de residuos, otro hito que valora positivamente la Fundación ECOLUM es el fomento del diseño, la fabricación y la utilización de productos y componentes que sean eficientes en el uso de recursos, además de duraderos y fiables (también en términos de vida útil y ausencia de obsolescencia prematura), reparables, reutilizables y actualizables, tanto en lo que se refiere a los aparatos eléctricos y electrónicos (AEE) como en pilas y acumuladores, textiles y muebles, envases y materiales y productos destinados a la construcción.
La normativa prevé para el año 2025 un aumento de la preparación para la reutilización y el reciclado de residuos municipales siendo el mínimo el 50% en peso y suponiendo la preparación para la reutilización, al menos, un 5% del mismo, fundamentalmente de residuos textiles, residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE), muebles y otros residuos susceptibles de ser preparados para su reutilización. Para el año 2030, estos porcentajes aumentan hasta un 55% y un 10% respectivamente y, ya en el año 2035, ambos porcentajes volverán a aumentarán en otro 5% adicional en ambos capítulos.
Otro aspecto que se aborda con la nueva Ley de Residuos es la Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP). “Ya llevamos años con la máxima de ‘quien contamina paga’; ahora se vigilará la responsabilidad tanto de empresas establecidas en el territorio UE como usuarios con contratos a distancia, venta postal, digital, teléfono, etc. También se incluyen las plataformas de comercio electrónico que deberán asumir las obligaciones financieras y de información en el caso de que sean consideradas Productores (según definición del artículo 2, apartado ac) de la citada Ley para alguno de los productos que ponen en el mercado”, señalan desde Ecolum.
Con todo ello, la nueva Ley de Residuos viene a definir mejor quién hace qué, y qué consecuencias tiene la mala praxis. También generará nuevos puestos de trabajo, y una innovación en modelos de negocio que hasta ahora no hemos conocido, basados en el derecho a la reparabilidad de los productos, el Ecodiseño, y en que cualquier fracción de un equipo eléctrico o electrónico es valorizable y, por tanto, nunca será un residuo.
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