La Xunta de Galicia ha publicado la semana pasada la orden que establece los criterios y el procedimiento para la distribución del fondo adicional del Fondo de Cooperación Local (FCL), dirigido a los ayuntamientos con población inferior a 15.000 habitantes.
Se trata de una dotación de 5 millones de euros destinada a financiar obras de mejora de eficiencia energética en edificios municipales entre las que se incluyen los proyectos de mejora de la instalación de iluminación. Estos nuevo fondos se unen a los publicados recientemente para la mejora energética y de iluminación interior en edificios municipales de ayuntamientos de menos de 30.000 habitantes.
El Fondo de Cooperación Local es el instrumento central de colaboración económica de la Xunta con las entidades locales y tiene como objetivo garantizar la suficiencia financiera de los ayuntamientos de la comunidad. A través de él se regula un modelo estable de participación de los municipios en los presupuestos autonómicos.
La orden establece una asignación máxima de 60.000 euros por ayuntamiento, garantizando que esta cuantía no exceda el costo total del proyecto, el cual debe ejecutarse en una sola fase y con una puesta en servicio inmediata. Los municipios interesados en acceder a estas ayudas deben presentar una solicitud única correspondiente a un proyecto, el cual puede abarcar varias intervenciones.
Las solicitudes deben ser presentadas de forma electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, dentro de un plazo de un mes a partir de la fecha de publicación de la orden. Entre la documentación requerida se encuentra una memoria explicativa del proyecto, acompañada de la memoria descriptiva, presupuesto y planos a escala.
Criterios de valoración
En cuanto a los criterios de valoración, se dará prioridad a las actuaciones destinadas a instalaciones deportivas, servicios educativos, sociales o sanitarios. Además, se evaluará positivamente la sustitución de calderas de combustibles fósiles por otras alimentadas con energías renovables, así como las reformas enfocadas en mejorar la eficiencia energética en infraestructuras deportivas, como las cubiertas. También se considerarán mejoras en la envolvente térmica, instalaciones eléctricas, y por supuesto, en la iluminación, entre otros aspectos, teniendo en cuenta la necesidad específica de las intervenciones previstas.
En concreto, en la valoración de las solicitudes presentadas la comisión ponderará los siguientes aspectos, hasta un máximo de 100 puntos:
- El destino de las actuaciones: hasta un máximo de 40 puntos en función de los criterios que se señalan a continuación:
- Infraestructuras destinadas a actividades deportivas: 40 puntos.
- Infraestructuras destinadas a servicios educativos y las dedicadas a la prestación de servicios sociales y sanitarios: 25 puntos.
- Infraestructuras destinadas a la prestación de otros servicios: 15 puntos.
- La naturaleza y tipo de la inversión: hasta un máximo de 40 puntos:
- Sustitución de calderas basadas en combustibles fósiles por otras alimentadas con energías renovables y sustitución, renovación o mejora de cubiertas en edificios o instalación dedicados a actividades deportivas para mejora de la eficiencia energética: 40 puntos.
- Sustitución, renovación o mejora de elementos constructivos de la envolvente térmica o de instalaciones eléctricas más eficientes, incluidas las instalaciones de iluminación: 25 puntos.
- Sustitución, renovación o mejora del resto de elementos que mejoren la eficiencia energética de los edificios: 15 puntos.
- La necesidad específica de las actuaciones: hasta un máximo de 20 puntos.
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