Este verano el el Ministerio para la Transición Ecológica (MITECO) dio un paso significativo hacia la eficiencia energética al aprobar la Orden TED/815/2023, que establece el sistema de Certificados de Ahorros Energéticos (CAE). Este sistema busca incentivar y reconocer los esfuerzos de las empresas y sujetos obligados que implementen acciones de eficiencia energética para reducir su consumo y contribuir a la sostenibilidad ambiental.
Como parte fundamental del sistema CAE, se ha creado la figura del verificador de ahorro energético, cuyo papel es vital para asegurar la integridad y precisión de los datos presentados por las empresas obligadas o sus delegados. Estos verificadores son los encargados de evaluar y confirmar que la información proporcionada cumpla con los requisitos normativos y que los ahorros energéticos declarados sean veraces, para, así, determinar que se encuentran en disposición de obtener los Certificados de Ahorro Energéticos (CAE).
La acreditación de los verificadores es un aspecto crucial para garantizar la calidad y confiabilidad de todo el proceso, por lo que en la Orden se establece la exigencia de que ENAC (Entidad Nacional de Acredditación) acredite a estos verificadores. Para llevar a cabo esta labor, ENAC ha trabajado en conjunto con el Ministerio para desarrollar el documento RDE-33, que establece los criterios específicos para acreditar a estos profesionales.
El esquema de acreditación (RDE-33) diseñado por ENAC se basa en las normas UNE-EN ISO/IEC 17029:2019 y UNE-EN ISO/IEC 14065:2020, asegurando así un enfoque sólido y riguroso en la evaluación de los verificadores.
La acreditación se podrá conceder con dos niveles: un primer nivel para la acreditación de verificadores de los ahorros energéticos resultantes de actuaciones estandarizadas (aquellas que por sus características y particularidades técnicas puedan ser fácilmente replicables) y un segundo nivel para la acreditación de verificadores de los ahorros energéticos resultantes de actuaciones singulares (aquellas que por sus características y particularidades técnicas no pueden ser incluidas en una ficha del catálogo de actuaciones estandarizadas).
En este último caso, además, la acreditación se concederá para sectores específicos, que en el momento de la aprobación del presente documento son los siguientes:
- Sector residencial
- Sector transporte
- Sector industrial
- Sector terciario
- Sector agrícola (incluye agricultura, ganadería, silvicultura y pesca)
Las entidades que estén interesadas en obtener esta acreditación ya pueden solicitarla en la página web de ENAC. Puede acceder al esquema de acreditación elaborado por ENAC a través del siguiente enlace:
https://www.enac.es/documents/7020/7646a5d5-edba-488d-8794-90b25a862f16
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