Considerando esta información de interés para nuestros lectores, hemos de comunicar lo siguiente:
Que el pasado día 25 de Junio, en esta web publicamos los resultados del informe elaborado en primera edición Junio de 2014, por parte de profesionales cualificados en el que se analizaba el rendimiento de varios productos de iluminación LED de varios fabricantes y distribuidores.
Uno de dichos productos eran los de la marca “SevenON” de Grupo Hidalgo’s, S.L., y, ante la publicación de los resultados de dicho informe, por parte de la mencionada entidad se nos ha dirigido solicitud de rectificación de hechos inexactos, en base a la L.O. 2/1984.
Examinada la solicitud de rectificación, esta editora ha de manifestar que no procede publicar la misma, habida cuenta de que no cumple los requisitos legalmente exigidos para ello. En efecto, esta editora, en su publicación de fecha 25 de Junio, el único hecho que publicó fue que se había elaborado un informe, efectuado por determinados profesionales, sobre unos productos concretos y que dicho informe tenía unas conclusiones, que eran las que publicábamos.
Ese es el único hecho que se podría rectificar pero, como es evidente, ello es imposible: el informe existe, sus conclusiones son las que son y nosotros nos hemos limitado a publicarlo.
Sin embargo, por parte de Grupo Hidalgo’s, S.L. no se nos pide la rectificación de tal hecho, sino que lo que pretende en su comunicación es “impugnar” la validez de dicho informe y discutir la mayor o menor conformidad del mismo con la metodología legalmente prevista para la elaboración de dicho tipo de peritajes (dicho sea de paso, haciendo mención a legislación que ni siquiera es aplicable), todo ello en base a unos “análisis internos” efectuados por Grupo Hidalgo’s, S.L. de los cuales, por cierto, no aporta ningún tipo de prueba ni certificación.
Es obvio que esta publicación no puede acceder a tal petición, pues no está amparada por el derecho de rectificación, el cual solo permite instar la rectificación de “hechos inexactos”, no discutir la mejor o peor calidad de informes periciales o su metodología.
Ello no limita en absoluto el derecho de Grupo Hidalgo’s, S.L., si así es su voluntad, de efectuar un comunicado en regla, en el que exponga sus pareceres sobre el informe, reivindique la calidad de sus productos y, si así lo quiere, aporte pruebas contradictorias con lo manifestado en el informe publicado por este medio de comunicación, comunicado que, llegado el caso, estaremos siempre dispuestos a publicar.
Por lo demás, este medio ha de manifestar que se reitera íntegramente en la información publicada en fecha 25 de Junio de 2014, esto es: que se ha elaborado un informe, en 1ª edición Junio 2014, por parte de profesionales cualificados, en el que figuran unas conclusiones determinadas y concretas, y que dicho informe y conclusiones es de lo que este medio se hace eco, por su valor informativo.
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