- Las grandes empresas no han logrado imponer su propuesta de pactar entre las partes para alargar los plazos, dependiendo del medio de pago
- Los subcontratistas podrán cobrar directamente de la Administración si los pliegos lo recogen
- No se podrán demorar las facturas a los proveedores gracias a la facturación electrónica
- Las certificaciones no podrán ser sine die y se limitan a 30 días
Tras un año de demora y con tramitación de urgencia en el Congreso de los Diputados, el BOE publicó ayer 9 de noviembre la nueva Ley de Contratos del Sector Público. Para Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM) esta norma supone un gran avance sobre la legislación existente ya de termina con la ambigüedad en la interpretación de los plazos de pago de los proveedores de la AA.PP. e incorpora las mejoras de las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE.
A lo largo de su tramitación, esta norma ha ido incorporando todas las propuestas planteadas por PMcM, gracias a las diferentes peticiones comunicadas a los grupos parlamentarios, que han podido ser impulsadas como enmiendas. Estas modificaciones se lograron introducir en el texto definitivo de la normativa, logrando un amplio consenso político.
Este nuevo marco regulador del sistema de contratación pública mejora la eficiencia y la transparencia, simplifica los trámites y facilita la participación de las pequeñas y medianas empresas (Pymes). Es especialmente significativo la eliminación de la posibilidad de pactar plazos superiores al establecido por la ley entre el proveedor y subcontratista, en caso de utilización de determinados medios de pago.
En concreto, PMcM ha contribuido activamente a la modificación de una serie de artículos del Proyecto de Ley que podían poner en riesgo los avances logrados en materia de plazos de pago en las Administraciones Públicas, tanto debido a la ambigüedad en algunos puntos como por obviar las mejoras propuestas por las Directivas Europeas.
ASPECTOS | PROYECTO DE LEY | LEY DE CONTRATACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO |
Plazos de pago | Posibilidad de pactar entre las partes plazos diferentes a los legales, en función del medio de pago. | Eliminación del punto. No se permite pactar plazos superiores al establecido por la ley. |
Plazo máximo de aprobación de certificaciones | Posibilidad de ampliarse, sine die, si así se especifica en los pliegos de la licitación. | Máximo 30 días, sin excepciones. |
Computo de los plazos de entrega | Desde la fecha de emisión de la factura. | La fecha de entrega del bien o prestación del servicio.
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Subcontratación
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Se excluye, taxativamente, la posibilidad realizar pagos directos por parte de la Administración a los subcontratistas. | Posibilidad de pagos directos a los subcontratistas, siempre y cuando se contemple en los pliegos de contratación. |
Optativamente, el licitador podrá comprobar los pagos de los contratistas a los subcontratistas.
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La comprobación de los pagos de los contratistas a los subcontratistas es obligatoria por parte de la Administración, en determinados casos. | |
Posibilidad de pactar entre el proveedor y el subcontratista plazos superiores a los legales, en caso de utilización de determinados medios de pago. | Eliminación del punto. | |
Factura electrónica y Registro Electrónico Único | Abarca toda la cadena de contratación. |
La aprobación de la nueva Ley de Contratos se ha caracterizado por su amplio consenso político, ya que de las 1.081 enmiendas presentadas por los partidos políticos la mayoría (975) fueron incorporadas.
La Ley entrará en vigor transcurridos cuatro meses desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Para Antoni Cañete, presidente de PMcM, “esta nueva Ley de Contratos del Sector Público marca un punto de inflexión en la forma de contratar y pagar de las AA.PP., terminando con los abusos en los plazos de pago que muchas entidades y contratistas imponían a sus proveedores. Estamos muy satisfechos con el consenso que hemos encontrado en todos los partidos políticos por mejorar las reglas de contratación pública e incorporar nuestras peticiones. Por fin, los autónomos y Pymes que trabajen con la AA.PP., si se implementa correctamente la Ley, tendrán la certeza de poder cobrar sus facturas en plazo”.