El Gobierno ha sometido a audiencia pública un proyecto de real decreto que plantea nuevos requisitos energéticos, ambientales y de soberanía digital para el desarrollo de centros de datos en España. La propuesta afectará principalmente a las instalaciones de más de 1 MW de potencia eléctrica y condicionará su acceso a la red al cumplimiento de criterios de eficiencia, consumo de agua y abastecimiento renovable.
Entre las medidas planteadas destaca la obligación de cubrir con nueva generación renovable al menos el 80% del consumo eléctrico de estas instalaciones, con una correspondencia hora a hora entre producción y demanda. También se establecen requisitos sobre la localización y control de los datos asociados a la operación de los centros.
La iniciativa llega en un momento de fuerte crecimiento de este tipo de infraestructuras. Mientras la Estrategia de Inteligencia Artificial estima para 2030 unos 2,5 GW de potencia de computación, asociados a una demanda eléctrica de entre 3,5 y 4 GW, desde 2021 ya se han concedido más de 12 GW de derechos de acceso y conexión para centros de datos.

Un 80% de consumo renovable con correspondencia hora a hora
Uno de los principales cambios planteados por el proyecto afecta al suministro eléctrico. Los centros de datos deberán cubrir con energía renovable al menos el 80% de su consumo mientras la generación renovable represente menos del 90% del mix eléctrico.
La exigencia incorpora además los principios de adicionalidad y correlación horaria. Cada nuevo megavatio de consumo deberá estar respaldado por nueva capacidad renovable instalada durante los 18 meses anteriores a la entrada en funcionamiento del centro de datos, ya sea mediante autoconsumo o contratos de compraventa de energía a largo plazo (PPA).
Además, el balance deberá acreditarse hora a hora. En cada hora de funcionamiento, al menos el 80% de la electricidad consumida deberá corresponder a generación renovable producida durante esa misma hora.
Este planteamiento supone un requisito más exigente que una compensación anual de consumo y generación. Los centros de datos presentan perfiles de carga elevados y continuos, mientras que tecnologías como la solar fotovoltaica concentran su producción en determinadas franjas del día. La correlación horaria puede impulsar, por tanto, la combinación de diferentes fuentes renovables, almacenamiento energético y sistemas de gestión capaces de ajustar mejor generación y demanda.
El acceso a la red quedará vinculado al cumplimiento de estas condiciones. Los proyectos deberán acreditarlas para obtener sus derechos de acceso y conexión y, en caso de incumplimiento, podrán enfrentarse a recargos crecientes en cargos y peajes. En última instancia, podrían perder esos derechos.
Las instalaciones actualmente en tramitación dispondrán, con carácter general, de seis meses para adaptarse. El plazo será de tres meses para los proyectos pendientes de un concurso de acceso a la red.

Límites de eficiencia energética y consumo de agua
La propuesta también regula el comportamiento energético e hídrico de estas infraestructuras mediante dos de los principales indicadores utilizados en el sector: el Power Usage Effectiveness (PUE) y el Water Usage Effectiveness (WUE).
El PUE relaciona el consumo energético total del centro con la energía empleada directamente por los equipos informáticos y permite evaluar el peso de sistemas auxiliares como refrigeración, alimentación eléctrica o iluminación. El WUE mide, por su parte, el consumo de agua asociado al funcionamiento de la instalación.

El proyecto establece que los centros de datos deberán cumplir los niveles más exigentes del sistema europeo de clasificación que se está desarrollando en el marco de la Directiva (UE) 2023/1791 de eficiencia energética y del Reglamento Delegado (UE) 2024/1364.
Cuando este etiquetado sea aplicable, previsiblemente a partir de agosto de 2027, las instalaciones deberán alcanzar la categoría A tanto en eficiencia energética como hídrica. Hasta entonces se aplicarían valores equivalentes a los contemplados actualmente en el desarrollo de la normativa europea.
Además, todos los centros de datos con una potencia superior a 500 kW deberán remitir al MITECO información sobre su eficiencia y sostenibilidad para su publicación anual. Los que superen 1 MW tendrán que indicar también si aplican las mejores prácticas del Código de Conducta europeo sobre eficiencia energética para centros de datos y cómo lo hacen.
Operación desde la UE y mayor control sobre los datos
El tercer bloque de requisitos se centra en la resiliencia y la soberanía digital. El proyecto establece que la entidad encargada de operar el centro de datos deberá estar establecida en la Unión Europea y sometida a su marco jurídico.
Los datos, metadatos y registros relacionados con la propia operación de la infraestructura deberán mantenerse dentro del territorio comunitario. También tendrán que implantarse mecanismos efectivos para controlar los accesos procedentes de terceros países, especialmente aquellos requerimientos de autoridades extranjeras que no estén amparados por el Derecho europeo.
El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública será el encargado de comprobar el cumplimiento de estas obligaciones, cuyo incumplimiento podría terminar provocando también la pérdida de los derechos de acceso y conexión a la red.

Con este planteamiento, el Gobierno busca vincular el crecimiento de los centros de datos a tres condiciones principales: un consumo eléctrico respaldado por nueva generación renovable, niveles elevados de eficiencia energética e hídrica y un mayor control europeo sobre la operación y los datos asociados a estas infraestructuras.
Puede acceder al proyecto de real decreto, que está en audiencia pública hasta el 10 de septiembre de 2026, a través del siguiente enlace:
Fuente de imágenes: Imágenes de recurso generadas por IA

