ANFALUM como asociación empresarial que representa y defiende los intereses de los fabricantes de iluminación en España, ante las noticias publicadas por el periódico El Mundo sobre la adquisición de productos de iluminación por la central de compras de la Diputación de Valencia manifiesta:
En octubre de 2012, ANFALUM envió una carta a la Diputación de Valencia manteniendo además varias reuniones con responsables de la misma, en que ya advirtió de los riesgos y problemas derivados de la sustitución en el alumbrado público de las lámparas tradicionales de descarga por lámparas LED de conexión directa y otros dispositivos de adaptación de las luminarias instaladas.
Basados en las informaciones aparecidas no parece haberse tenido en cuenta las recomendaciones efectuadas por ANFALUM. La asociación aconsejaba que ante cualquier sustitución de lámparas por LED se exija una alta fiabilidad del nuevo producto que se incorpora y por ello las empresas suministradoras deben ofrecer una garantía y solvencia técnica consistente.
En este sentido, las empresas que han resultado adjudicatarias por la central de compras de la Diputación de Valencia no son proveedores tradicionales en el sector de alumbrado público al que se dirigen sus productos, toda vez que los ayuntamientos son los destinatarios finales.
ANFALUM reitera la importancia de la elaboración de proyectos luminotécnicos previos, en los procesos de sustitución de LED y la utilización de productos de calidad contrastada y empresas suministradoras que aporten garantía y solvencia.
Responsable la empresa que modifica sin cumplir normativa
Siempre que una empresa, un instalador u otro agente lleve a cabo alteraciones de las características esenciales de la luminaria tales como: eliminar el balasto y/o arrancador, puentearlo o cortocircuitarlo, o disponer de una fuente de luz no compatible con el diseño efectuado por el fabricante inicial de esa luminaria, se convierte automáticamente en el fabricante de dicha luminaria y, por tanto, responsable de la misma, desde todos los puntos de vista.
Las luminarias y lámparas se encuentran incluidas dentro del ámbito de una serie de Directivas de la Unión Europea, tales como la Directiva 2004/108/CE de compatibilidad electromagnética, Directiva 2006/95/CE de baja tensión y Directiva 2009/125/CE sobre requisitos de diseño ecológico, lo que implica que deben llevar el “marcado CE” como prueba del cumplimiento de los requisitos esenciales de seguridad y medidas adicionales de ejecución a las que obligue la normativa europea. Este marcado es realizado por el fabricante de la luminaria, previa elaboración de un expediente técnico y posterior declaración de conformidad con la normativa de diseño o seguridad que le atañe, que es finalmente quien pone el logotipo CE en el producto, acompañando la correspondiente información e instrucciones.
Consecuencias de sustituciones sin estudios previos
El efecto de la sustitución de unas lámparas tradicionales por otras de LED resulta en instalaciones con distintos niveles de iluminación, menor uniformidad y, en consecuencia, mayores sombras, deslumbramientos e incumplimientos de los limites obligatorios de luz intrusa fijados en el Real Decreto 1890/2008 por el que se aprueba el Reglamento de Eficiencia Energética en Instalaciones de Alumbrado Exterior.
En el alumbrado exterior el peso de una lámpara LED es nueve veces superior que el de las demás tecnologías y, en consecuencia, este efecto unido a las vibraciones y otras acciones mecánicas consecuencia de la localización de las luminarias de alumbrado público a la intemperie, hacen necesario efectuar ensayos para comprobar que el portalámparas que existía inicialmente es capaz de soportar el peso de la nueva fuente de luz sin ocasionar ningún problema o accidente.
Finalmente, los aspectos que afectan a la propiedad industrial y a la competencia desleal practicada por la empresa que realiza la modificación, al asociarse el producto modificado con el del fabricante inicial de la luminaria también han de ser tenidos en cuenta.
Esta compra masiva de la Diputación de Valencia hace pensar que en este caso no existían ni análisis ni proyectos previos. Las centrales de compras de las Administraciones Públicas pueden ser un medio para generar beneficios y ahorros, pero siempre deben seguir un procedimiento y atender a una necesidad concreta, detallada y analizada. En este caso, primero se hizo la compra y luego se provocó el consumo mediante la sustitución obligada y forzada a la que se invitaba a los ayuntamientos. Al margen de posibles irregularidades de otro orden, que ni analizamos ni valoramos, se cometió un grave error desde el punto de vista técnico.
En toda adecuación de alumbrado debemos procurar que la mejor solución luminotécnica, venga dada por una combinación de eficiencia energética, confort visual y todo ello, dentro del más estricto respeto y observación de la legislación vigente de seguridad del producto e instalación. Todo ello supone ahorrar pero manteniendo la calidad del alumbrado.
Más referencias:
Documentos técnicos de Anfalum: ANFALUM Comunica nº: 11, 12 13, 14 y 15
Para más información: Beatriz Álvarez balvarez@anfalum.com