El Ayuntamiento de Alcalá de Henares vuelve a sacar a concurso el contrato de mantenimiento del alumbrado público de la ciudad para las próximos cuatro años después de haber quedado anulado el anterior, por el recurso especial en materia de contratación interpuesto por la Asociación de Empresas de Mantenimiento Integral y Servicios Energéticos (AMI)
El consistorio alcalaíno sacó a concurso el pasado mes de marzo el contrato de mantenimiento de alumbrado público de la ciudad, interponiendo AMI un recurso en materia de contratación contra los pliegos de la licitación.
En el recurso (nº 147/2023), AMI pedía la nulidad de dos cláusulas del Pliego de Cláusulas Administrativas relacionadas con los criterios de valoración de las ofertas presentadas:
- Nulidad de la cláusula 7.1.3 del PCAP que hace referencia a un importe adicional destinado a mejoras de las instalaciones a cargo del adjudicatario.
- Nulidad de la cláusula 7.1.2. del PCAP que recoge el criterio de adjudicación referido a la calidad y experiencia del personal directo adscrito al contrato.
En relación con el primer motivo, la cláusula 7.1.3 del PCAP menciona lo siguiente:
“Por importe destinado a mejora de las instalaciones a cargo del adjudicatario: (Hasta 10 puntos). En la pretensión de renovar parte de las instalaciones de alumbrado del municipio a coste 0 para el Ayuntamiento. Para ello se valorará el importe que el adjudicatario destinará con carácter anual para este fin. Se otorgarán 1 0 puntos a la mejor oferta y al resto, se otorgarán de manera proporcional, en función de una fórmula”:
AMI alega que el criterio de adjudicación sería una mejora de las referidas como tales en del artículo 145.7 LCSP, además de que son actuaciones adicionales y distintas a las definidas en el proyecto en qué consiste el servicio. Adicionalmente señala, que existiría una ausencia constatable de umbrales máximos de saciedad fijados, lo que puede derivar en proposiciones imposibles de cumplir, irrealizables y absurdas que desvirtúen el criterio y que afectarán a la atribución de puntuaciones, alterando las condiciones de competencia sana y efectiva.
Vistas las alegaciones de ambas partes y tal como se menciona en la Resolución nº 164/2023, el Tribunal admitió las consideraciones del órgano de contratación respecto a la vinculación con el objeto del contrato, focalizando la discrepancia en si se establecen los límites de la mejora exigidos en la citada cláusula. El Tribunal señala en la resolución: “En este caso, ni el PCAP ni el PPT se específica ni concreta en qué consiste la “renovación parcial de las instalaciones del alumbrado público”, de tal manera que un licitador pueda ofertar su mejora en base a esas prestaciones específicas, ni establece un límite a los importes que los licitadores pueden ofertar por lo que no se cumplen los requisitos de la claridad y la concreción exigidos por el artículo 145.7 dela LCSP”.
Por esto, el recurso es estimado en este apartado, proponiendo la anulando la cláusula 7.1.3 del PCAP, circunstancia que lleva aparejada la anulación de los pliegos y del procedimiento de licitación.
Con respecto al segundo motivo, en referencia a la nulidad de la cláusula 7.1.2, el Tribunal no tiene en cuenta el recurso, ya que considera que la cláusula está ajustada a derecho, pero señala: “dado que los pliegos han sido anulados en virtud de lo señalado en el punto anterior de este Fundamento de derecho, es necesario que la justificación del criterio de adjudicación, para el caso que se publiquen nuevos pliegos, se realice en el expediente de contratación, tal como exige el artículo 145.1 de la LCSP”.
Ante esta resolución el Ayuntamiento de Alcalá de Henares procedió a anular los pliegos y consecuentemente el procedimiento de licitación, sacado un nuevo concurso para decidir la adjudicación del contrato.
Nuevo procedimiento de licitación
Con fecha del 4 junio, el Ayuntamiento publicó la nueva licitación, subsanando las deficiencias observadas en el anterior procedimiento.
El nuevo contrato, con un presupuesto base de licitación de 5,5 M€ (5.522.314,05 €), tiene por objeto la realización de las actuaciones necesarias para una correcta conservación y mantenimiento de las instalaciones de alumbrado público de la ciudad, incluyendo: mantenimiento preventivo, mantenimiento correctivos, trabajos o tareas de adecuación y mejora, trabajos de verificación y vigilancia de las instalaciones, atención de incidencias, apoyo en la ejecución de actividades temporales o el control de energía, entre otras.
En concreto, se distinguen tres prestaciones diferenciadas: mantenimiento ordinario; trabajos de adecuación, ampliación y mejora de la red; y reposición de elementos por daños causados por terceros, vandalismo y accidentes.
Actualmente el ayuntamiento alcalaíno gestiona el mantenimiento de 18.280 puntos de luz gobernados desde 295 centros de mando. A través de diversas actuaciones de mejora de la eficiencia energética del alumbrado exterior, se han renovado 10.449 luminarias VSAP por LED, representando esta tecnología un 57,16% del total. Todas estas luminarias cuentan con una garantía de 10 años, que estará vigente durante toda la duración del contrato. Asimismo, 2.757 se encuentran controladas por un sistema de telegestión punto a punto, y gestionadas mediante
En el siguiente cuadro se pueden ver cómo se distribuyen los puntos de luz y centros de mando por los cinco distritos en los que se divide la ciudad:
Ámbito | Centros de mando | Puntos de luz |
Distrito I | 67 | 4.341 |
Distrito II | 69 | 4.079 |
Distrito III | 44 | 2.742 |
Distrito IV | 48 | 3.460 |
Distrito V | 67 | 3.658 |
Total: | 295 | 18.280 |
En cuanto a la duración del contrato, se ha fijado un periodo inicial de cuatro años, pudiendo ser prorrogado un año más, sin que el plazo inicial y la prórroga supere los cinco años.
Las empresas interesadas en participar en la licitación tienen hasta el 3 de Julio como fecha límite para presentar sus ofertas. Los criterios de valoración que se han definido para puntuar las ofertas y así decidir la empresa adjudicataria son los siguientes:
- Criterios objetivos evaluables de forma automática: hasta 70 puntos
- Propuesta económica: hasta 40 ptos
- Calidad y experiencia del personal: hasta 20 ptos
- Mejoras de instalaciones: hasta 10 ptos
- Criterios dependientes de un juicio de valor: hasta 30 puntos
- Valoración de la propuesta presentada por los licitadores: hasta 30 ptos
Puede acceder a la licitación y al resto de concursos relacionados con proyectos de alumbrado e iluminación haciendo clic en la siguiente imagen:
Imágenes: Freepik