El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha lanzado una propuesta de orden ministerial que establece un catálogo de medidas estandarizadas de eficiencia energética dentro del ámbito del sistema de Certificados de Ahorro Energético, aprobado por el Gobierno a principio de año.
La propuesta incluye una primera relación de actuaciones, con más de 40 fichas técnicas, que podrán ampliarse o modificarse en sucesivas fases, para que las empresas calculen la reducción de consumo final que pueden obtener con dichas actuaciones y justificar con los correspondientes Certificados de Ahorro Energético.
Estos Certificados de Ahorro Energético (CAE), regulados por el Real Decreto 36/2023, permite a las empresas con obligaciones de ahorro energético cumplan sus compromisos de un modo flexible y más eficaz, mediante la promoción directa de actuaciones de mejora de la eficiencia energética en los sectores consumidores de energía final: industria, transporte, servicios, residencial y agricultura.
En este sentido el RD, establece dos grandes tipos de actuaciones susceptibles de generar ahorros convertibles en CAE:
- Actuaciones incluidas en un catálogo de medidas estandarizadas de eficiencia energética
- Actuaciones singulares de eficiencia energética.
Mientras que las primeras pueden ser fácilmente replicables, pueden catalogarse y permitiendo conocer de antemano cuánto ahorro y cuantos CAE pueden conseguirse, las segundas precisan de una metodología que se publicará en una próxima orden ministerial.
Es por ello que el Ministerio, con el objetivo de aportar transparencia y agilidad al sistema, ha establecido un catálogo de medidas estandarizadas de eficiencia energética.
A la hora de elaborar este catálogo, que se aumentará y se modificará de manera progresiva una vez se vayan identificando nuevas actuaciones replicables, se ha dado prioridad a las actuaciones con alto impacto a la hora de obtener ahorro energético.
Entre otros elementos, cada ficha define su ámbito y los requisitos para su aplicación, así como la fórmula de cálculo de los ahorros y la documentación necesaria para justificarlos, junto con anexos técnicos, como los valores de temperatura para la zona climática en que se materialice. Todo estará disponible en la web del MITECO y en la Plataforma electrónica del sistema de CAE.
Medidas incluidas relacionada con la iluminación
Dentro del borrador del catálogo de medidas, el cual se divide en cuatro ámbitos (industria, terciario, residencia y transporte), se incluye la sustitución de la iluminación por sistemas LED en edificios del sector industrial, así como del sector terciario. A continuación detallamos cada una de estas medias:
Industria (IND050) – Sustitución del sistema de iluminación por sistemas con fuentes luminosos y/o luminarias tipo LED
Sustitución del sistema de iluminación existente en el lugar de trabajo de interiores de edificios del sector industrial por sistema de iluminación con fuentes luminosas y/o luminarias tipo LED.
Para aquellas actuaciones en las que la superficie útil total a iluminar sea superior a 1.000 m2 y/o la sustitución del sistema de iluminación afecte a más del 25% de la superficie iluminada, se deberá implantar y poner en funcionamiento un sistema de regulación y control de presencia y/o un sistema de aprovechamiento de luz natural y/o un sistema de información de consumos y horas de funcionamiento.
Terciario (IND030) – Sustitución del sistema de iluminación por sistema con fuentes luminosas y/o luminarias tipo LED
Sustitución del sistema de iluminación existente en el lugar de trabajo de interiores de edificios del sector terciario por sistema de iluminación con fuentes luminosas y/o luminarias tipo LED.
Solo para aquellas actuaciones en las que la superficie útil total a iluminar sea superior a 1.000 m2 y/o la sustitución del sistema de iluminación afecte a más del 25% de la superficie iluminada, se deberá implantar y poner en funcionamiento un sistema de regulación y control de presencia y/o un sistema de aprovechamiento de luz natural y/o un sistema de información de consumos y horas de funcionamiento.
La sustitución del sistema de iluminación debe permitir reducir la potencia instalada, al menos, en un 30 % cumpliendo con los requerimientos de calidad y confort visual.
Terciario (TER050) – Sistema de automatización y control para edificios del sector terciari (BACS)
Implantación y puesta en funcionamiento o modernización de un sistema de automatización y control, en edificios del sector terciario: hospitales, hoteles, residencias geriátricas, centros comerciales, oficinas, aeropuertos, bibliotecas, centros culturales y otros edificios de uso similar.
El sistema de automatización y control deberá integrar al menos dos de los siguientes servicios: calefacción, agua caliente sanitaria (ACS), refrigeración y/o iluminación, siempre y cuando cada servicio represente al menos un 5% del consumo de energía final de todo el edificio.
Puede acceder al borrador de la propuesta de orden y al catálogo completo a través de los siguiente enlaces:
- Propuesta de orden (pdf)
- Catálogo completo (pdf)
Los comentarios y alegaciones pueden remitirse hasta el próximo 14 de junio, a traves del siguiente correo bzn-CAE@miteco.es, indicando en el asunto “Plantilla Alegaciones Orden Catálogo”,
Movilización de una inversión de hasta 41.000 M€ hasta 2023
El sistema de CAE aporta a los sujetos obligados una alternativa al cumplimiento de su obligación anual de ahorros energéticos mediante aportaciones patrimoniales al Fondo Nacional de Eficiencia Energética, posibilitando invertir en tecnologías de eficiencia energética para alcanzar un mayor porcentaje de ahorro de energía final.
Se estima que permitirá movilizar una inversión superior a los 41.000 millones de euros hasta el año 2030, de los que un 30% –unos 12.500 millones– sean resultado de la aplicación del catálogo de actuaciones en los sectores productivos: